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Entra en vigor el nuevo límite de velocidad en carreteras convencionales

Esta medida de la DGT tiene como objetivo reducir la siniestralidad en este tipo de carreteras, donde se producen 7 de cada 10 accidentes con víctimas y donde fallecen un millar de personas cada año, siendo la velocidad inadecuada la causa concurrente en el 20% de los accidentes de tráfico. La medida afecta a unos 10.000 km de carretera.

Esta modificación supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos anteriormente en 90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de un metro de arcén. Ahora, todos a 90 km/h.

La nueva normativa también uniformiza la velocidad de los camiones en este tipo de vías a 80 km/h, límite común en la gran mayoría de países europeos. En el caso de los autobuses, la limitación genérica de velocidad es de 90Km/h, si bien aquellos autobuses que no tienen cinturón de seguridad no podrán circular a más de 80 km/h.

Con estos cambios, la normativa de circulación española se alinea con la gran mayoría de países europeos en cuanto a límites de velocidad en este tipo de vías.

 

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