La entrada en vigor de la normativa Euro 6e-bis endurece los criterios de homologación y medición de emisiones, especialmente en los híbridos enchufables. Un cambio regulatorio que impacta de lleno en la fiscalidad, el TCO y las decisiones estratégicas de las flotas empresariales.

Si bien la norma Euro 6e-bis ya era de aplicación obligatoria para las nuevas homologaciones (nuevos lanzamientos de modelos) desde el pasado 1 de enero de 2025, es a partir del 31 de diciembre de 2025 cuando los fabricantes deberán asegurar el cumplimiento o realizar una nueva homologación de los vehículos ya en producción. La regulación se enfoca principalmente en vehículos híbridos enchufables (PHEV), incluyendo turismos (M1) y vehículos comerciales ligeros (N1).
La Euro 6e-bis nace como respuesta a una distorsión detectada en los últimos años entre los valores oficiales de homologación y las emisiones reales en uso, especialmente en los PHEV. Bajo normativas anteriores, muchos de estos vehículos certificaban cifras de CO₂ muy bajas, basadas en supuestos de uso eléctrico que no siempre se correspondían con la realidad. Esta situación tenía implicaciones directas en fiscalidad, incentivos y políticas de flota, generando desequilibrios en el marco regulatorio.
Uso eléctrico real
Uno de los cambios más relevantes introducidos por la Euro 6e-bis es la revisión del denominado Factor de Utilidad, que estima el porcentaje de conducción en modo eléctrico frente al uso del motor de combustión. La distancia de referencia utilizada para este cálculo pasa de 800 a 2.200 kilómetros, lo que tiende a elevar los valores oficiales de CO₂ de muchos modelos PHEV. Como consecuencia, vehículos que anteriormente se situaban claramente por debajo de determinados umbrales fiscales pueden superar ahora límites clave.
La normativa también refuerza las pruebas de Emisiones Reales de Conducción (RDE), ampliando los rangos de temperatura y manteniendo márgenes de medición más estrictos. A ello se suma una mayor exigencia en la durabilidad de los sistemas anticontaminación y una mayor transparencia en los datos de emisiones a lo largo de la vida útil del vehículo.

Impacto en flotas
Para las empresas, el impacto es principalmente económico y estratégico. El aumento de los valores certificados de CO₂ puede traducirse en una reducción o pérdida de beneficios fiscales asociados a los vehículos de empresa, así como en un incremento del coste total de propiedad. En España, superar determinados umbrales de emisiones implica la aplicación del impuesto de matriculación, lo que afecta directamente al precio final y a la planificación de la política de flotas.
En este sentido, el gestor de flotas deberá revisar políticas internas, límites de emisiones y criterios de selección de vehículos. Los PHEV, hasta ahora considerados una solución de transición atractiva, deberán ser evaluados con mayor rigor en función de su uso real y su impacto fiscal. En paralelo, la normativa puede acelerar el desplazamiento de parte de la demanda corporativa hacia vehículos 100% eléctricos, especialmente en aquellos entornos donde la infraestructura de recarga ya está disponible.
Conviene subrayar que la nueva regulación no afecta a los vehículos ya matriculados, sino únicamente a nuevas adquisiciones y modelos que deban ser rehomologados antes de finales de 2025. No obstante, el cambio introduce un riesgo transitorio en pedidos en curso y obliga a fabricantes, empresas y rentings a coordinarse para evitar desviaciones de costes inesperadas.
La futura Euro 6e-bis-FCM, en breve
Más allá de la Euro 6e-bis, la hoja de ruta regulatoria ya apunta a una nueva fase: la Euro 6e-bis-FCM, que entrará en vigor para nuevos modelos a partir de 2027 y para todas las matriculaciones desde 2028. Esta evolución incorporará la monitorización obligatoria del consumo real de combustible y energía a bordo, así como una actualización continua del Factor de Utilidad basada en datos de uso real. Para las empresas y gestores de flotas, este escenario refuerza la necesidad de anticiparse, ya que la planificación de la movilidad corporativa estará cada vez más condicionada por datos reales de utilización y por un marco normativo que reduce progresivamente el margen entre homologación, fiscalidad y uso efectivo del vehículo.

