Es aconsejable que con un plazo razonable (3 o 4 meses) antes de la fecha de terminación del contrato, decidamos qué vamos a hacer con el vehículo, especialmente si se trata de un vehículo industrial transformado y que utilizamos para dar servicio a nuestros clientes.
Cabe destacar que deberemos comunicar al operador de renting la devolución del vehículo con un plazo de antelación no superior a 30 días a la fecha de !nalización del contrato. En caso contrario, el operador de renting nos penalizará con la cláusula de cancelación anticipada.
Una vez culminado el contrato de renting, podemos realizar las siguientes acciones:
Devolver el vehículo a la compañía de renting: en este supuesto deberemos tener en cuenta varias consideraciones a la hora de entregar el vehículo al operador de renting.
Por lo general, todos los operadores de renting incluyen en sus contratos cláusulas proteccionistas sobre el uso de los vehículos arrendados, y salvo el “normal uso” que pudiera tener el vehículo por el paso del tiempo y la utilización “normal”, todos los demás desperfectos que sean ocasionados serán facturados al arrendatario por el operador de renting.
La cuestión es: ¿Qué consideramos “uso normal”? En ocasiones, y llegado a este punto, se puede producir una discrepancia de opinión entre el arrendatario y el arrendador, pues daños que pudieran ser no perceptibles para uno, pueden ser considerados de relevancia para el otro. Y esto puede llevar a cargos facturados que no siempre son muy bien recibidos por el arrendatario.
Se presupone que todos los usuarios son cuidadosos con los vehículos en renting. Y esta labor es una de tantas que tienen que desarrollar los gestores de “otas de forma interna. La cultura de cuidar nuestra “herramienta de trabajo” debe ser fomentada día tras día hasta que cale en todos los usuarios. Ser cuidadoso con el vehículo durante la vida del contrato nos evitará muchas sorpresas a la hora de entregarlo al operador de renting, en especial en lo relativo al interior del vehículo, donde se producen los mayores desperfectos.
Se recomienda que antes de ser entregado el vehículo, el arrendatario realice un reacondicionamiento completo, tanto interior como exterior, en un taller de con!anza y sin necesidad de utilizar piezas originales. Por lo general, este reacondicionamiento será más económico que la factura que pudiera hacernos el operador de renting.
Además, es muy aconsejable realizar fotos del vehículo, desde todos sus ángulos, una vez reparado, para dejar constancia del estado en el que se encuentra. Esto podría evitar facturas emitidas por el operador de renting.
En el caso de que nuestro vehículo tenga rotulación o accesorios especiales instalados, los gastos de desmontarlos correrán a cargo del arrendatario. Y en el supuesto que estos no puedan ser extraídos, pasarán a ser propiedad del arrendador una vez entregado el vehículo.
Por supuesto, toda la documentación del vehículo así como el segundo juego de llaves deberán estar a disposición del operador de renting. De lo contrario, recibiremos una sorpresa en forma de factura.
Ampliar el contrato de renting: si la decisión del arrendatario es ampliar el contrato de renting, deberemos comunicarlo con su!ciente antelación al operador de renting. La ampliación habitual suele ser de un año. En este caso, deberemos negociar una nueva cuota de renting con el operador. Por lo general será más económica ya que “técnicamente” será un nuevo contrato de renting, con nuevas condiciones y sobre un vehículo usado. Como consecuencia de esa ampliación, se puede llegar al periodo de realizar la correspondiente ITV y este coste deberá estar incluido en la cuota de renting.
Comprar el vehículo: si la decisión del arrendatario es comprar el vehículo, debemos tener presente que, salvo acuerdo con el operador de renting, éste dará su precio basado en el mercado y la categoría del vehículo. Nunca basado en el valor residual del contrato. Este precio no siempre es el esperado, lo que puede frustrar nuestra decisión de compra.
Por lo general, si la intención es comprar el vehículo, el arrendatario tratará de acondicionar el vehículo antes de comprarlo, pudiendo encontrarnos en ocasiones con la negativa del operador de renting. Aunque el arrendatario ejerza la compra del vehículo a la !nalización del contrato de renting, deberá afrontar la regularización del kilometraje de acuerdo al contrato !rmado.
- Ser cuidadoso con el vehículo durante la vida del contrato nos evitará muchas sorpresas a la hora de entregarlo al operador de renting, en especial en lo relativo al interior del vehículo, donde se producen los mayores desperfectos
Pensar con anticipación
Es evidente que la decisión a tomar a la !nalización del contrato de renting no hay que conocerla a la hora de su !rma. Pero sí es aconsejable que tengamos una “idea” de lo que haremos con el vehículo una vez !nalizado el contrato, porque de forma ineludible ese momento llegará. Por ello, aunque es una decisión a largo plazo, hay que considerarla al menos en el momento de la !rma del contrato, porque lo que acordemos en el momento inicial in”uirá en el momento de la !nalización.
Los principales indicadores a tener en cuenta a la hora de !rmar el contrato de renting y que pueden tener in”uencia en el momento de entregar el vehículo, los podríamos resumir en:
Admitir una duración superior: es evidente que una duración más larga del contrato de renting hará que la cuota mensual a pagar y el valor del vehículo sea menor, aunque paguemos más número de cuotas. Pero puede llevar al vehículo a una situación de baja valoración en el mercado de segunda mano.
Tengamos en cuenta que si contratamos una duración superior podemos perjudicarnos en el supuesto de una inesperada cancelación anticipada.
Kilometraje contratado: el número de kilómetros afecta de forma muy signi!cativa al valor del vehículo. Es importante que en el momento de la contratación tengamos una visión clara de cuántos kilómetros realizará el vehículo para disponer del valor de mercado más adecuado.
Tipología del vehículo: el tipo de vehículo elegido es uno de los factores más signi!cativos que in”uencia nuestro renting. Tenemos que tener en cuenta que elegir vehículos que sufran un restyling en un plazo corto de tiempo puede afectar de forma negativa al mercado futuro de segunda mano.
- Toda la documentación del vehículo así como el segundo juego de llaves deberán estar a disposición del operador de renting. De lo contrario, recibiremos una sorpresa en forma de factura
Entrega del vehículo
Si decidimos !nalmente devolver el vehículo, uno de los elementos a tener en cuenta es la denominada Acta de Recepción. Este documento debe ser !rmado por la persona que recoge así como por la persona que entrega el vehículo.
Además, el acta deberá re”ejar todos y cada uno de los requisitos que son exigidos por los operadores de renting a la hora de la devolución del vehículo, dando fe de la entrega de los documentos que son necesarios incluir para su correcta devolución.
A nuestro entender, el acta de recepción debería tener un re- “ejo de los daños que se detecten en el vehículo en el momento de su entrega, aunque estos daños no se encuentren valorados. Pero debería re”ejarse en este documento ya que de esta forma el cliente será consciente que los daños existen independientemente de la valoración que se efectúe de ellos. Por este motivo, aconsejamos que este documento sea revisado de forma exhaustiva y sea totalmente localizable ante cualquier divergencia que pudiera surgir. Especial atención deberemos tener en el momento de la entrega del segundo juego de llaves y la documentación correcta del vehículo.
Para evitar posibles diferencias, los operadores de renting, disponen de la opinión de un técnico especializado (perito) que realiza una estimación de los daños, tanto internos como externos, que se encuentran en el vehículo unos días después que se haya entregado. Debemos de ser conscientes que cuando entregamos un vehículo a los operadores de renting por !nalización de contrato, estos disponen de protocolos de actuación y, según lo !rmado en contrato, debemos cumplir ciertas obligaciones a la hora de entregar el vehículo. Además, el contrato !rmado entre ambas partes ampara de forma generalizada los cargos que se pueden generar por la falta de cumplimiento de estos.
Y la pregunta que debería surgir en este punto sería: ¿son conocidas las políticas de entrega de los distintos operadores de renting a la !nalización del contrato? Pero este es un tema del que hablaremos en el próximo número.
Florencio Martínez
Director Estrategia y Control