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El Código Penal se endurece para los conductores irresponsables

La novedad más destacada es la creación de un nuevo delito, el de Abandono del lugar del accidente. Este nuevo delito contra la seguridad del Tráfico aplica al causante o implicado de un accidente. Y es distinto al ya existente de "omisión del deber de socorro", en el que puede incurrir cualquier persona que no socorra a otra.

Cometer el delito de Abandono del lugar del accidente puede acarrear penas de 6 meses a 4 años de prisión, y privación del carnet de conducir de 1 a 4 años, si el origen del accidente es una imprudencia; o de 3 a 6 meses de prisión y privación del carnet de conducir de 6 meses a 2 años, si el origen fuera fortuito.

La creación de este nuevo delito nace de una iniciativa legislativa popular (ILP), impulsada por la mujer de un ciclista fallecido en un accidente de tráfico, quien no fue auxiliado por el causante del accidente. Los servicios de emergencia informaron que si este hubiese llamado a urgencias, el ciclista podría haber salvado su vida.

Aumento de sanciones

Por otro lado, también se han aumentado las sanciones establecidas para determinadas conductas al volante con resultado de muerte o lesiones.

Al ya existente delito de homicidio cometido por imprudencia grave (de 1 a 4 años de cárcel), se añade la matización de que si este se cometiera utilizando un vehículo a motor se podrá imponer una pena de 1 a 6 años.

A partir de ahora se considera imprudencia grave la conducción bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas, o bebidas alcohólicas.

Hasta ahora, el juez valoraba si la imprudencia había sido grave, menos grave o leve, de acuerdo con las circunstancias concurrentes en el hecho. Con la nueva reforma, en cualquiera de estos tres supuestos no cabrá margen de interpretación y se considerará imprudencia grave en cualquier caso.

La condena puede llegar a los 9 años de cárcel si se hubiera provocado la muerte de varias personas, o la muerte a una y lesiones a otra.

De esta forma, en caso de delito con fallecimiento o lesiones, los Jueces y Tribunales apreciarán la infracción más gravemente penada, pudiéndose además ampliar el límite máximo para ese delito. Igualmente se aumentan las penas aparejadas a la producción de lesiones por conducción imprudente.

 

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